Reclamación frente a entidades aseguradoras

 

Estudio Jurídico Legal le ayuda a reclamar el pago del importe de la indemnización, el abono de los daños o de los gastos que determina su póliza de seguros.

 Le ofrecemos cobertura legal frente a las compañías de seguros en los siguientes campos:

 SEGURO DE PERSONAS

Seguro de vida

 Las pólizas de seguros de vida tienen como objeto satisfacer al beneficiario (cónyuge, hijo, heredero), de capital, renta u otras prestaciones convenidas, en el caso de fallecimiento.

 Asimismo, en los seguros de vida suelen incluirse las coberturas para los casos de: invalidez permanente (total, absoluta o gran invalidez) por medio del cual en caso de enfermedad común o accidente laboral o no laboral (accidente de tráfico) se pacta un capital.

 En ocasiones la concesión de un préstamo hipotecario comporta accesoriamente la concertación de un seguro en el que se prevé la invalidez o, incluso, el fallecimiento.

 Seguros de enfermedad y asistencia sanitaria

Por este seguro, la entidad aseguradora se obliga al pago de ciertas sumas de dinero o bien a la prestación de los servicios médicos y quirúrgicos necesarios ante el supuesto de que acaezca el siniestro relacionado con la enfermedad del asegurado.

Seguro de accidentes

  En este preciso caso, la entidad aseguradora se obliga a pagar al asegurado o beneficiario la indemnización prevista en la póliza para el caso de que se produzcan lesiones físicas o psíquicas como consecuencia de un accidente.

SEGURO DE DAÑOS

Seguro de robo

 Se trata de un seguro por el que el asegurador se obliga a indemnizar los daños derivados de la sustracción ilegítima por parte de terceros de las cosas aseguradas.

Seguro de responsabilidad civil del automóvil

 Se trata de un seguro obligatorio cuya finalidad es proteger a las personas y los bienes, de los riesgos consecuencia de la circulación de vehículos de motor.

Seguro de responsabilidad civil

Por el seguro de responsabilidad civil el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato, a cubrir el riesgo del nacimiento –a cargo del asegurado– de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en el contrato, de cuyas consecuencias sea civilmente responsable.

Seguro de defensa jurídica

 En este caso, el asegurador se obliga a hacerse cargo de los gastos en los que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, extrajudicial y/o judicial.

Seguro de incendios

Cuando desgraciadamente, por causa fortuita, malquerencia de extraños, negligencia propia del asegurado o bien de las personas de quienes responda el mismo civilmente, nos ocurre un siniestro de esta clase en un bien de nuestra propiedad, la entidad aseguradora deberá responder, extendiéndose su indemnización a todos los daños y pérdidas materiales consecuencia del siniestro.

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